Área de Departamento Civil

MEDIDAS LEGALES FRENTE A LA DISCAPACIDAD

  • El 3 de septiembre de 2021, entró en vigor la ley 8/2021, de 2 de junio (por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica), que elimina la figura legal del incapaz y la incapacidad judicial, tal y como se entendía hasta entonces.

  • La capacidad, es considerada inherente a la persona, y por ello no puede modificarse. Por tanto, ya no existen los incapacitados; y aquellas personas que tengan discapacidad, podrán optar por sí mismos, o a través de terceros, a obtener medidas de apoyo notariales o judiciales.

  • Desde el despacho asesoramos y tramitamos procedimientos de provisión de medidas de apoyo a personas con discapacidad, pudiéndose fijar un curador con la finalidad de asistir, apoyar y ayudar en el ejercicio de la capacidad jurídica. Las medidas de apoyo y la curatela serán primordialmente, de naturaleza asistencial. Sólo de manera excepcional, podrá atribuirse al curador funciones representativas.

  • A través de la oportuna Sentencia se determinará, las áreas concretas en las que el discapacitado necesite ayuda o apoyo (económicas, salud, transporte, condición de armas, capacidad contractual…). En ningún caso se establecerá la incapacitación ni, mucho menos, la privación de derechos. Asimismo, el juez nombrará a la persona que haya de apoyar, ayudar o representar al discapacitado.