Área de Departamento Civil

LIQUIDACIÓN DEL REGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL Y DISOLUCIÓN DE LA COMUNIDAD DE BIENES

  • En muchos casos, la unión en matrimonio o la convivencia de pareja estable supone la existencia de un patrimonio común que habrá de liquidarse tras la ruptura de la pareja o el divorcio.

  • Del mismo modo, en el supuesto matrimonial habrá de estudiarse el régimen económico matrimonial aplicable, siendo los más habituales la separación de bienes y el régimen económico matrimonial de gananciales.

  • Desde nuestro departamento de fiscal matrimonial asesoramos sobre la formulación más beneficiosa fiscalmente; intentando que la disolución y liquidación del patrimonio común o del régimen económico matrimonial se tramite de mutuo acuerdo. En caso de ser éste imposible, nos encargamos de la tramitación ante el Juzgado competente del procedimiento liquidatario oportuno, junto con su tributación e inscripción en los Registros de la Propiedad oportunos.